| Declaración Jurada Anual de Elaboración y Existencias de Vinos Viejos de Mesa y/o Regionales |
|
|
| 04 de febrero de 2008 14:29 | ||||||||
|
B.O. 01/02/08 VITIVINICULTURA. Resolución C. 2/2008 - INV- Resolución Nº C.119/93. Formulario CEC-05, “Declaración Jurada Anual de Elaboración y Existencias de Vinos Viejos de Mesa y/o Regionales”. Su modificación. VISTO el Artículo 24 bis de la Ley Nº 14.878, la Resolución Nº C.119 de fecha 12 de marzo de 1993, y CONSIDERANDO: Que el citado artículo de ley establece que los inscriptos en el Organismo deben presentar las Declaraciones Juradas e informaciones en las fechas, condiciones y formas que determine este Instituto. Que es necesario conocer anualmente los volúmenes de productos alcohólicos y analcohólicos elaborados en cada establecimiento vitivinícola del país.
Que por Resolución Nº C.119 de fecha 12 de marzo de 1993, se aprueba el
Formulario CEC-05, “Declaración Jurada Anual de Elaboración y Existencias de
Que el Organismo cuenta en la actualidad con mecanismos que permiten obtener
toda la información necesaria para satisfacer los controles volumétricos y las
Que el sentido del presente acto es simplificar y evitar repetición de datos, en
cuanto a las existencias de vinos viejos a una fecha determinada, eliminando el
Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto Nº 171/07, EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA RESUELVE:
1º — A partir de la vendimia 2008, elimínase el Rubro V, Existencia de Vinos Viejos, del Formulario CEC-05 implementado por Resolución Nº C.119 de fecha 12
2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. Juan C. Jaliff. Fuente: argentinewines.com Agregar a favoritos (28) | Cite este artículo en su sitio | Vistas: 718
|
||||||||
| Modificado el ( 03 de marzo de 2008 19:47 ) | ||||||||
| < Anterior | Siguiente > |
|---|










Sea el primero en comentar el artículo
